Polonia – Obras de ingeniería y trabajos de construcción – Remont zaplecza sanitarno-szatniowego w Szkole Podstawowej nr 2 w Suwałkach w ramach programu – Szatnia na medal – edycja 2026
Descripción
Objeto del contrato es la reparación de las instalaciones sanitarias y vestuarios en la primera planta del edificio del gimnasio de la Escuela Primaria n.º 2 con Secciones Bilingües im. Aleksandry Piłsudskiej en Suwałki, en la calle T. Kościuszki 126.
2. La descripción detallada del objeto del contrato especifica el alcance de los trabajos, el plano de las instalaciones y la documentación fotográfica que constituyen los anexos a la SWZ.
3. Todos los trabajos deben realizarse de acuerdo con la documentación técnica y las condiciones técnicas y normativas vigentes.
4. De acuerdo con el artículo 101, apartado 4, de la Ley, en el lugar donde el objeto del contrato se describe mediante normas, especificaciones técnicas, especificaciones técnicas y sistemas de referencia técnica, el Contratante admite soluciones equivalentes a las descritas. Además, se debe entender que todas estas referencias van acompañadas de las palabras "o equivalentes". La indicación de la equivalencia de la solución ofrecida de acuerdo con el artículo 101, apartado 5, de la Ley y sobre la base de las normas establecidas en ella, incumbe al Contratista, en cuyo caso el Contratista está obligado a demostrar, mediante la inclusión en la oferta de los medios de prueba pertinentes mencionados en los artículos 104 a 107 de la Ley Pzp, que las soluciones propuestas cumplen en igual medida los requisitos especificados en la descripción del objeto del contrato.
5. En el caso de que en la documentación del proyecto o en la especificación técnica de la ejecución y recepción de los trabajos se utilicen marcas comerciales, esto significa que se dan a título de ejemplo y solo especifican los parámetros de calidad mínima esperados y el estándar requerido. El Contratista puede utilizar materiales o equipos equivalentes, pero con parámetros técnicos y de calidad similares o superiores, cuyo uso de ninguna manera afectará negativamente el correcto funcionamiento de las soluciones aceptadas en la documentación del proyecto. El Contratista que utilice equipos o materiales equivalentes estará obligado a demostrar durante la ejecución del contrato que los materiales y equipos utilizados cumplen con los requisitos especificados por el Contratante.
6. El uso en la documentación del proyecto de etiquetas significa que el Contratante acepta todas las etiquetas que confirman que ciertos trabajos de construcción, suministros o servicios cumplen con los requisitos equivalentes especificados por el Contratante. En caso de que el Contratista, por razones ajenas a su control, no pueda obtener la etiqueta especificada por el Contratante o una etiqueta equivalente, el Contratante aceptará, en el plazo que él mismo determine, otros medios de prueba pertinentes, en particular la documentación del fabricante, siempre que el Contratista demuestre que los trabajos de construcción, suministros o servicios que va a realizar cumplen con los requisitos de la etiqueta especificada o los requisitos específicos indicados por el Contratante.
7. El uso en la documentación del proyecto de la exigencia de poseer un certificado emitido por una entidad de evaluación de la conformidad o un informe de las pruebas realizadas por dicha entidad como medio de prueba que confirma la conformidad con los requisitos o características especificados en la descripción del objeto del contrato, los criterios de evaluación de las ofertas o las condiciones de ejecución del contrato, significa que el Contratante también acepta los certificados emitidos por otras entidades de evaluación de la conformidad equivalentes. El Contratante también acepta otros medios de prueba adecuados, en particular la documentación técnica del fabricante, en el caso de que un Contratista determinado no tenga acceso a los certificados o informes de pruebas, ni la posibilidad de obtenerlos en el plazo adecuado, siempre que esta falta de acceso no pueda atribuirse al Contratista y siempre que el Contratista demuestre que los trabajos de construcción, suministros, servicios que realiza cumplen con los requisitos o criterios especificados en la descripción del objeto del contrato, los criterios de evaluación de las ofertas o los requisitos relacionados con la ejecución del contrato.
8. Si en la descripción del objeto del contrato se incluye una disposición derivada de la KNR o KNNR que indica la necesidad de utilizar equipos específicos con parámetros específicos para la realización del contrato, el Contratante permite el uso de otro equipo siempre que garantice el logro de los parámetros de diseño previstos y no suponga un riesgo de no conformidad de los trabajos realizados con la documentación técnica.
9. En el caso de una descripción mediante normas, se consideran soluciones equivalentes aquellas que garantizan el cumplimiento de los requisitos mínimos especificados en la norma a un nivel no inferior al descrito en las normas pertinentes. En el caso de las normas citadas en la SWZ (si no se especifica de otro modo), se entienden las normas actuales. En los demás casos (descripción del objeto del contrato mediante evaluaciones técnicas, especificaciones técnicas y sistemas de referencia técnica) se considera equivalente aquel producto, material o sistema con parámetros técnicos, funcionales y de calidad no inferiores a los mencionados en la descripción del objeto del contrato.
10. El Contratante informa que solicita cofinanciación de los fondos del Fondo de Desarrollo de la Cultura Física en el marco del programa Szatnia na medal – edición 2026.
11. El Contratista está obligado a ejecutar y montar una placa informativa. La placa debe realizarse de acuerdo con las Directrices sobre el cumplimiento de las obligaciones informativas aplicables a los beneficiarios de los programas cofinanciados con fondos del presupuesto del Estado o de los fondos estatales específicos (disponibles en: https://www.gov.pl/web/premier/promocja).
12. El Contratista está obligado a acordar con el Contratante el diseño y el contenido de la placa, así como el lugar de su instalación.
13. El Contratante informa que, de acuerdo con el artículo 257 de la Ley Pzp, puede anular el procedimiento de adjudicación del contrato si los fondos públicos que el Contratante pretendía destinar a financiar la totalidad o parte del contrato no se le conceden (debido a las restricciones, el texto completo en la SWZ). Los cambios al contrato se han especificado en el anexo n.º 9 a la SWZ (debido a las restricciones, el texto completo en el anexo a la SWZ). El Contratante informa que, de acuerdo con el artículo 139 de la Ley, puede primero realizar la evaluación y evaluación de las ofertas y luego realizar la calificación del Contratista cuya oferta ha sido mejor valorada.
Códigos CPV
Documentos y presentación
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