Dinamarca – Servicios de arquitectura, construcción, ingeniería e inspección – Udskiftning af dele af kobbertaget på Aarhus Domkirke
Descripción
Título: Sustitución de parte del techo de cobre de la Catedral de Aarhus
Descripción: El presente concurso incluye Asesoramiento Integral en relación con la sustitución completa del techo de cobre de la torre de la iglesia, sustitución parcial del techo de cobre y de las canaletas de la iglesia, establecimiento de medidas físicas de protección contra incendios, así como trabajos de seguimiento, entre otros: demolición de tabiques cortafuegos, desamientación de áreas afectadas, sustitución y reparación parcial de la estructura del techo, sustitución parcial de las tablas del techo inferiores dañadas por la humedad, sustitución de canaletas y bajantes, establecimiento de iluminación y tomas de corriente en el espacio del techo, renovación del sistema de pararrayos, nuevas consolas para las lámparas de iluminación y acceso a estas, trabajos de pintura y albañilería en relación con lo anterior, limpieza del espacio del techo, establecimiento, operación y desmantelamiento del lugar de construcción. Los puntos principales del procedimiento: El concurso se llevará a cabo como un concurso restringido de acuerdo con la Ley de Contratación Pública §§ 58-60 (ordenanza nº 10 de 6 de enero de 2023, que implementa la Directiva 2014/24/EU del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública). El promotor seleccionará a los 5 solicitantes más adecuados para presentar ofertas. En caso de que más de 5 solicitantes cumplan con los requisitos de idoneidad del promotor, este seleccionará a los 5 solicitantes que se consideren más adecuados para llevar a cabo tareas de este tipo. La selección se basará en una evaluación de las referencias más relevantes de los últimos 10 años, evaluadas en relación con el contrato de asesoramiento adjudicado. El plazo se ha ampliado con referencia al hecho de que tareas de restauración similares rara vez se realizan. En relación con la evaluación de la idoneidad de una empresa para llevar a cabo la tarea, el promotor pondrá énfasis en la relevancia y el contenido cualitativo de las referencias en relación con la tarea adjudicada. El promotor valorará especialmente que el solicitante demuestre en conjunto las cualificaciones en relación con la tarea adjudicada y experiencia comparable en la ejecución de lo siguiente: a) Asesoramiento en relación con tareas de restauración de iglesias, edificios protegidos de acuerdo con la Ley de Conservación de Edificios (LBK 219 de 06/03/2018) o edificios del grupo 1 de acuerdo con la Ley de Construcción (LBK 1712 de 16/12/2010 con enmiendas posteriores). b) Asesoramiento en relación con tareas de restauración con superficies de techo y complementos de cobre similares con énfasis en detalles, propiedades, durabilidad y métodos. c) Asesoramiento en relación con tareas de restauración con colaboración similar con el promotor, donde el edificio está en uso durante la restauración. d) Asesoramiento en relación con tareas de restauración con trabajos de techo similares en altura, por ejemplo, torres. e) Lugares de construcción con gran complejidad debido a difíciles condiciones de acceso, espacio y acceso restringido para personas ajenas. Por "asesoramiento" se entiende (1) servicios de arquitectura, (2) dirección de obra y (3) supervisión. Los puntos anteriores (a)-(e) se ponderan en el orden anterior, aunque (a) y (b) se ponderan igualmente. Se dará un peso positivo si el solicitante ha proporcionado varios servicios de asesoramiento, por ejemplo, actuando como asesor integral. Sobre la base de los criterios anteriores, se clasificarán las referencias totales de los solicitantes entre sí para la selección de solicitantes que serán invitados a presentar ofertas. El solicitante puede indicar un máximo de 5 referencias. Si se indican más de 5 referencias, solo se incluirán las primeras 5 referencias en la evaluación. Las referencias adicionales no se tendrán en cuenta. Esto se aplica independientemente de si el solicitante es una sola empresa, una asociación de empresas o si el solicitante se basa en la capacidad técnica y profesional de otras unidades. Las omisiones o imprecisiones en la descripción de las referencias son responsabilidad del solicitante y pueden tener un impacto negativo en la selección. La siguiente información debe proporcionarse para cada referencia: - Tipo de tarea - Descripción de la tarea realizada (si se trata de una tarea en curso, solo se describen las partes del servicio realizadas en el momento de la presentación de la solicitud) - Nombre del cliente - Costo total del proyecto y honorarios totales de asesoramiento - Servicios proporcionados - Período del contrato. Cada referencia puede ocupar un máximo de dos páginas A4 con posibles imágenes. Si las referencias ocupan más de dos páginas A4, solo se incluirán las primeras dos páginas A4 en la evaluación. Es un requisito mínimo que el solicitante tenga al menos una referencia en cada uno de los siguientes ámbitos de servicio: - Medición y registro de la estructura del techo en un edificio de 1920 o anterior. - Asesoramiento arquitectónico (proyectos, dirección de obra y supervisión técnica) sobre la sustitución de un techo de cobre, no menos de 100 m2. - Asesoramiento integral con un Consejo Parroquial como promotor que incluye un proyecto de construcción sujeto a las reglas para la aprobación de la Autoridad del Cabildo de acuerdo con la Ordenanza sobre los edificios y cementerios de la Iglesia Popular (BEK 1172 de 19/09/2016). - Asesoramiento en relación con edificios en uso durante las obras de construcción. Solo la parte de la referencia realizada en el período desde el 16 de febrero de 2016 se incluirá en la evaluación de si se cumplen los requisitos mínimos. El solicitante puede incluir en sus referencias tareas que no han sido realizadas por el solicitante mismo, sino por otra entidad jurídica (empresa de apoyo), siempre que esta otra entidad, mediante una declaración de apoyo escrita, haya confirmado que la entidad económica en cuestión pone su capacidad técnica a disposición del solicitante. Las referencias no deben aparecer de forma independiente en el ESPD, sino solo como referencia. Las omisiones o imprecisiones en la descripción de las referencias son responsabilidad del solicitante y pueden tener un impacto negativo en la selección. Los solicitantes seleccionados para presentar ofertas deben hacerlo sobre la base de las condiciones de contratación en los documentos de contratación. La adjudicación se realizará de acuerdo con la oferta económicamente más ventajosa con los siguientes subcriterios ponderados: - “Método y
Códigos CPV
Documentos y presentación
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