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Polonia – Productos consumibles médicos no químicos desechables y productos consumibles hematológicos – Dostawa sprzętu medycznego jednorazowego użytku dla Wojewódzkiego Szpitala im. Zofii z Zamoyskich Tarnowskiej w Tarnobrzegu

Wojewódzki Szpital im. Zofii z Zamoyskich Tarnowskiej w TarnobrzeguPoloniaPublicado el 05 jul 2026
Fecha límite pasada

Descripción

I. Objeto del contrato: 1. El objeto del contrato es el equipo médico de un solo uso para el Hospital Regional de Tarnobrzeg, Zofia z Zamoyskich Tarnowskiej, distribuido en 77 lotes. II. Descripción del objeto del contrato: 1. Código CPV según el Vocabulario Común de Contratos: 33141000-0 Artículos médicos y hematológicos no químicos de un solo uso. 33141200-2 Catéteres. 33141220-8 Cánulas. 33141310-6 Jeringas. 33141320-9 Agujas médicas. 33141321-6 Agujas para anestesia. 33141323-0 Agujas para biopsia. 33141620-2 Kits médicos. 33141640-8 Drenajes. 33124130-5 Productos de diagnóstico. 33162000-3 Dispositivos y equipos utilizados en quirófanos. 33162200-5 Equipos utilizados en quirófanos. 33181000-2 Dispositivos para la terapia renal. 33190000-8 Diversos dispositivos y productos médicos. 2. La descripción detallada del objeto del contrato se encuentra en el Anexo n.º 2 del SWZ - Formulario de precios. 3. Soluciones equivalentes y criterios de evaluación de la equivalencia: 1) El Contratante considera equivalente a la solución especificada, una solución con el mismo propósito, características técnicas, de calidad y funcionales que correspondan a las características técnicas, de calidad y funcionales indicadas en la descripción del objeto del contrato, o mejores, marcadas con una marca comercial, patente o procedencia diferente. 2) La solución equivalente debe permitir alcanzar el objetivo previsto por el Contratante a través de parámetros de rendimiento y funcionales, que tengan un impacto en la efectividad del funcionamiento, iguales o mejores que los requisitos mínimos indicados. 3) El uso de nombres de soluciones, materiales y equipos en la descripción del objeto del contrato sirve para establecer un estándar mínimo de ejecución y definir las propiedades y requisitos técnicos establecidos en la documentación técnica para las soluciones proyectadas. 4) El contratista está obligado a demostrar que las soluciones equivalentes ofrecidas cumplirán con los requisitos mínimos previstos. 5) La falta de especificación de "mínimo" significa un requisito al nivel mínimo, y el contratista puede ofrecer una solución con mejores parámetros. 6) Con el fin de mantener los principios de neutralidad tecnológica y competitividad, se permiten soluciones equivalentes a las especificadas, considerando como solución equivalente aquella que, en términos de tecnología, rendimiento y funcionalidad, no se desvía o es mejor que la tecnología, funcionalidad y rendimiento especificados en la solución especificada. 7) No están sujetas a comparación las características de la solución que son exclusivas de la solución especificada, tales como: patentes reservadas, soluciones tecnológicas propietarias, protocolos propietarios, etc., sino solo aquellas que constituyen la esencia de las soluciones tecnológicas previstas y tienen referencia en la solución equivalente. En consecuencia, el contratista puede proponer soluciones que realicen las mismas funcionalidades especificadas por el Contratante de una manera diferente a la indicada. 8) Por valor de uso muy similar (similar) se entiende uno similar, con pequeñas diferencias que no afectan en absoluto al sistema en su conjunto, el comportamiento y la realización de funcionalidades similares en las condiciones para las cuales están dedicadas estas soluciones. La solución equivalente debe incluir la documentación que confirme que cumple con los requisitos funcionales del Contratante, incluidas las conclusiones de las comparaciones, pruebas o capacidades ofrecidas por esa solución en relación con la solución especificada. 9) Además, en todos los lugares donde se haya indicado el origen (marca, marca comercial, fabricante, proveedor, etc.) de los materiales o las normas, aprobaciones, especificaciones y sistemas mencionados en la Ley de Contratación Pública, el Contratante permite la oferta del objeto del contrato o soluciones equivalentes, con la condición de que aseguren la obtención de parámetros técnicos iguales o mejores que los requeridos por el Contratante en la documentación de la licitación. El Contratante permite la oferta de materiales o equipos equivalentes. Los materiales o equipos provenientes de fabricantes concretos definen los parámetros de calidad mínima y características de uso, así como de calidad (por ejemplo: dimensiones, composición, material utilizado, color, tono, propósito de los materiales y equipos, estética, etc.) a los que deben corresponder los materiales o equipos ofrecidos por el contratista, para cumplir con los requisitos establecidos por el Contratante. La utilización de nombres de ejemplo de fabricantes tiene como único objetivo precisar el nivel de expectativas del Contratante en relación con una solución determinada. El uso de nombres de fabricantes/productos tiene únicamente carácter ejemplificativo. El Contratante, al indicar la marca de un fabricante concreto (proveedor), un producto concreto o materiales al describir el objeto del contrato, permite simultáneamente productos equivalentes con parámetros de calidad y características de uso al menos al nivel de los parámetros del producto indicado, reconociendo así cualquier producto con los parámetros indicados o mejores. El Contratante, al describir el objeto del contrato mediante normas, aprobaciones, especificaciones técnicas y sistemas de referencia, permite soluciones equivalentes a las descritas. El contratista que se basa en soluciones equivalentes a las descritas por el Contratante, está obligado a demostrar que las entregas ofrecidas por él cumplen con los requisitos establecidos por el Contratante. En tal situación, el Contratante exige la presentación de los documentos correspondientes que acrediten estas soluciones. 4. Las normas de realización del objeto del contrato se especifican en el "Proyecto de contrato" que forma el Anexo n.º 8 del SWZ.

Códigos CPV

Disposable non-chemical medical consumables and haematological consumablesCathetersCannulaeSyringesMedical needlesAnesthesia needlesBiopsy needlesMedical kitsDrainDiagnostic suppliesOperating theatre devices and instrumentsOperating-theatre instrumentsRenal support devicesMiscellaneous medical devices and products

Documentos y presentación

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Contains data from Tenders Electronic Daily (TED), © European Union, ted.europa.eu — CC BY 4.0.

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