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Polonia – Instrumentos y aparatos médicos diversos – DOSTARCZENIE SPRZĘTÓW MEDYCZNYCH WG 2 PAKIETÓW

Szpital Specjalistyczny im. Ludwika Rydygiera w Krakowie Sp. z o.o.PoloniaPublicado el 27 ago 2026
30 días restantes

Descripción

1. El objeto del pedido es la entrega de equipos médicos en 2 lotes a la sede del Adjudicador de acuerdo con la descripción y los requisitos contenidos en el Anexo 1A-1B a la Especificación (en el ámbito del Lote correspondiente 1-2). 2. Las ofertas que no tengan el alcance completo del objeto del pedido serán rechazadas. 3. El resto de las condiciones del pedido se especifican en el proyecto de contrato, que constituye el Anexo 3 a la presente Especificación.

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO Y MÉTODO DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESAS CONDICIONES

1. Podrán participar en la adjudicación los Contratistas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 57 de la Ley Pzp y en el artículo 112, apartado 2, de la Ley Pzp, es decir:

1) no están sujetos a exclusión

2) cumplen con las condiciones de participación en el procedimiento, relativas a:

a) capacidad para actuar en el tráfico económico El Adjudicador no establece una condición específica de participación en el Procedimiento.

b) autorización para llevar a cabo una actividad económica o profesional específica El Adjudicador no establece una condición específica de participación en el Procedimiento.

c) situación económica o financiera El Adjudicador no establece una condición específica de participación en el Procedimiento.

d) capacidad técnica o profesional El Adjudicador no establece una condición específica de participación en el Procedimiento.

En el Procedimiento podrán participar los Contratistas que no estén sujetos a exclusión del procedimiento en virtud del artículo 108 de la Ley Pzp y del artículo 109, apartado 1, punto 1 y punto 4, de la Ley Pzp, ni estén sujetos a exclusión del procedimiento en virtud del artículo 7, apartado 1, de la Ley de 13 de abril de 2022 sobre medidas especiales para contrarrestar el apoyo a la agresión contra Ucrania y destinadas a proteger la seguridad nacional (Dz.U. de 2022, pos. 835), ni estén sujetos a la prohibición de adjudicación o ejecución de cualquier contrato público en virtud del artículo 5k, apartado 1, del Reglamento del Consejo (UE) n.º 833/2014 de 31 de julio de 2014 relativo a las medidas restrictivas en relación con las acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DOUE L 229 de 31.07.2014, p. 1, con modificaciones posteriores). La evaluación del cumplimiento de los motivos de exclusión del Procedimiento, mencionados en el apartado 3, se realizará de acuerdo con la fórmula "sujeto - no sujeto", sobre la base de la declaración y los documentos presentados por el Contratista, según el apartado X.1.4. Con el fin de confirmar el cumplimiento de las condiciones de participación en el procedimiento y la ausencia de motivos de exclusión del procedimiento, el Adjudicador exige la presentación de una declaración del Contratista en forma de documento europeo único de pedido (JEDZ). En el caso de los Contratistas que soliciten conjuntamente la adjudicación, cada uno de los Contratistas presenta el formulario JEDZ. El modelo del formulario JEDZ se establece en el Reglamento Delegado de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 (DOUE L 3/16), cuyo modelo constituye el Anexo 4 a la Especificación.

PROCEDIMIENTO DE AUTOLIMPIEZA

1. El Contratista no está sujeto a exclusión en las circunstancias previstas en el artículo 108, apartado 1, puntos 1, 2 y 5, de la Ley Pzp o en el artículo 109, apartado 1, puntos 2-5 y 7-10, de la Ley Pzp, si demuestra al adjudicador que ha cumplido conjuntamente las siguientes condiciones:

1) ha reparado o se ha comprometido a reparar el daño causado por el delito, la infracción o su conducta incorrecta, incluso mediante compensación económica;

2) ha explicado exhaustivamente los hechos y circunstancias relacionados con el delito, la infracción o su conducta incorrecta, así como los daños causados por estos, colaborando activamente con las autoridades competentes, incluidas las autoridades de investigación, o con el adjudicador;

3) ha adoptado medidas técnicas, organizativas y de personal adecuadas para prevenir futuros delitos, infracciones o conductas incorrectas, en particular:

a) ha cortado todos los vínculos con las personas o entidades responsables de la conducta incorrecta del contratista,

b) ha reorganizado el personal,

c) ha implementado un sistema de rendición de cuentas y control,

d) ha creado estructuras de auditoría interna para supervisar el cumplimiento de las normas, regulaciones internas o estándares,

e) ha introducido regulaciones internas relativas a la responsabilidad y las indemnizaciones por incumplimiento de las normas, regulaciones internas o estándares.

2. El Adjudicador evalúa si las acciones emprendidas por el contratista, mencionadas en el apartado 1, son suficientes para demostrar su integridad, teniendo en cuenta la gravedad y las circunstancias especiales del acto del contratista. Si las acciones emprendidas por el contratista, mencionadas en el apartado 1, no son suficientes para demostrar su integridad, el adjudicador excluye al contratista.

3. El Contratista puede ser excluido por el Adjudicador en cualquier etapa del procedimiento de adjudicación.

4. Con el fin de utilizar la institución de "autolimpieza", el Contratista está obligado a completar la información correspondiente en la declaración que constituye el Anexo 4 a la Especificación (formulario JEDZ).

Códigos CPV

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Contains data from Tenders Electronic Daily (TED), © European Union, ted.europa.eu — CC BY 4.0.

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