Alemania – Servicios de investigación y desarrollo y servicios de consultoría conexos – Forschungsvorhaben zur Evaluierung der spezialpräventiven Wirkungen und technischen Rahmenbedingungen der Elektronischen Aufenthaltsüberwachung (EAÜ) im Rahmen der Führungsaufsicht
Descripción
Con la sentencia del 1 de diciembre de 2020, el Tribunal Constitucional Federal (BVerfG) declaró la regulación de la vigilancia electrónica de la residencia (EAÜ) en el contexto de la supervisión judicial conforme a la Constitución, pero al mismo tiempo ordenó al legislador "observar empíricamente los efectos especialmente preventivos y las condiciones técnicas de la EAÜ y adaptar el concepto de regulación legal, si es necesario, a los conocimientos obtenidos" (4. Leitsatz). Según las constataciones del BVerfG, hasta la fecha faltan pruebas empíricas inequívocas de que la EAÜ reduzca el riesgo de reincidencia en el grupo de personas al que se refiere el § 68b apartado 1 frase 1 número 12, frase 3 StGB. Dado que la EAÜ es especialmente invasiva en comparación con otras medidas de supervisión judicial, esto justifica "obligaciones especiales de observación y, si es necesario, de mejora por parte del legislador". El principal objetivo del proyecto de investigación consiste en examinar el efecto especialmente preventivo de la EAÜ. La disposición del BVerfG también se refleja en la justificación de la ley para la introducción del § 68b apartado 1 frase 1 número 12, frase 3 StGB. Según esto, la EAÜ debe actuar principalmente de manera especialmente preventiva, especialmente al permitir una mejor supervisión del cumplimiento de las instrucciones relacionadas con la residencia según el § 68b apartado 1 frase 1 número 1 y 2 StGB, pero también al crear un mayor riesgo de detección en caso de un nuevo delito grave. Además, se deben investigar las condiciones técnicas (en particular en lo que respecta a la recopilación de datos, tiempos de duración de la batería, posibles fallos o interferencias de señal y otras particularidades técnicas). El objetivo de la investigación descrito debe lograrse mediante investigación cualitativa y empírica. Basado en los hallazgos de un proyecto de investigación anterior, encargado por el BMJ(V), que se centró en la implementación práctica de la EAÜ, pero no en sus efectos especialmente preventivos, se sugiere la siguiente metodología, que se explica con más detalle en los documentos de licitación: I. Investigación de reincidencia con comparación de grupos de control Un análisis de los archivos de supervisión judicial y penales desde la introducción de la EAÜ en cuanto a reincidencias de condenados bajo vigilancia electrónica en comparación con aquellos no bajo vigilancia electrónica. Los sujetos de prueba del grupo de control deben ser lo más comparables posible, especialmente cumplir con los requisitos formales de una instrucción de EAÜ según el § 68b apartado 1 frase 3 número 1 y 2 StGB y tener factores criminógenos lo más comparables posible. II. Obtención de conocimientos a través de entrevistas A través de entrevistas acompañantes, se debe preguntar por un efecto especialmente preventivo de la EAÜ desde diversas perspectivas (por ejemplo, encuestas a sujetos de prueba de EAÜ, personal de las oficinas de supervisión judicial, asistentes de libertad condicional, programas de riesgo policial y la Oficina de Supervisión Común de los Länder ("GÜL") así como jueces y juezas de las cámaras de ejecución penal). III. Evaluación de la investigación y estudios pertinentes De manera complementaria, debe presentarse y evaluarse el estado de la investigación criminológica sobre el efecto especialmente preventivo de la EAÜ (incluyendo proyectos piloto y estudios nacionales e internacionales). El adjudicatario o adjudicataria debe elaborar de manera autónoma un concepto de investigación. Con base en la descripción del servicio, se predefinen los temas, preguntas y ciertos enfoques metodológicos de la investigación, pero no de manera exhaustiva. Sobre esta base, se deben desarrollar soluciones innovadoras y, por lo tanto, contribuir de manera significativa a la estructuración de la prestación. Se espera una solución conceptual en el sentido del § 14 apartado 3 número 2 VgV. La prestación debe adjudicarse como un contrato global. Los detalles pueden consultarse en los documentos de licitación.
Códigos CPV
Documentos y presentación
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