Polonia – Servicios de investigación y seguridad – Świadczenie usługi ochrony osób i mienia realizowanej przez Specjalistyczne Uzbrojone Formacje Ochronne (SUFO) w całodobowym systemie zmianowym na rzecz Agencji Uzbrojenia będącej na zaopatrzeniu Jednostki Wojskowej Nr 6021.
Descripción
El procedimiento se lleva a cabo de conformidad con las disposiciones de la ley del 11 de septiembre de 2019 sobre Contratación Pública (Dz. U. de 2024, pos. 1320, con modificaciones posteriores), denominada en adelante la ley Pzp. El procedimiento se lleva a cabo mediante un procedimiento de licitación restringido conforme al art. 410, apartado 1, de la ley Pzp. El contrato se clasifica en el ámbito de la defensa y la seguridad. El contrato en cuestión es un servicio de carácter esencial según el art. 7, apartado 13, de la ley Pzp, ya que es un servicio destinado a fines de seguridad, que implica el uso de información no pública. Además, conforme al art. 7, apartado 36, letra d, de la ley Pzp, este servicio está destinado exclusivamente a fines militares. La realización del servicio SUFO en el territorio de la unidad militar requiere del Contratista un trabajo estricto con materiales con la cláusula de confidencialidad mínima "confidencial". El Contratista, sobre la base de un extracto del Plan de Protección del Complejo Militar, está obligado a elaborar e implementar las Instrucciones de Protección, que por sí mismas se convierten en un documento que contiene datos sensibles (por ejemplo, la ubicación de los puestos de control, los sistemas de comunicación, los procedimientos de respuesta en situaciones de crisis). Las tareas del personal SUFO no se limitan a la vigilancia de la propiedad, sino que abarcan la protección sistemática de los objetos estratégicos. El Contratista procesa información no pública sobre la estructura de seguridad de la unidad, los sistemas de alarma y las zonas de acceso restringido. Además, en el marco del servicio prestado, los empleados de SUFO protegen el acceso físico a las instalaciones y equipos en los que se procesan las informaciones clave para la defensa del país. Dado lo anterior, se exige al Contratista la capacidad de proteger la información no pública, lo que confirma el carácter del servicio como uno que va más allá de los servicios de protección de la propiedad estándar disponibles en el mercado civil. El Contratista no prevé ninguna limitación en el número de Contratistas a los que invitará a presentar ofertas. El Contratista invitará a todos los Contratistas a presentar ofertas, cuyos solicitudes de admisión al procedimiento no serán rechazadas sobre la base del art. 146, apartado 1, de la ley Pzp. El objeto del contrato es: la prestación del servicio de protección de personas y bienes realizado por las Formaciones Especiales Armadas de Protección (SUFO) en un sistema de turno de 24 horas para la Agencia de Armamento, que está bajo el suministro del Contratista. Código del Vocabulario Común de Contratos (CPV): 79710000-4 - Servicios de seguridad 79711000-1 - Servicios de vigilancia con alarma 79715000-9 - Servicios de patrulla 79713000-5 - Servicios de vigilancia. Una descripción detallada del objeto del contrato se encuentra en los anexos n.º 12 y n.º 13 del SWZ, es decir: Descripción del objeto del contrato y Disposiciones proyectadas del contrato. El Contratista exige que el Contratista contrate, sobre la base de una relación laboral, a una persona que realice las tareas indicadas por el Contratista en el ámbito de la realización del contrato: protección física de personas y bienes, si la realización de estas tareas consiste en realizar el trabajo de la manera especificada en el art. 22, apartado 1, de la ley del 26 de junio de 1974 - Código del Trabajo. El método de verificación del empleo de estas personas, así como los derechos del Contratista en el ámbito del control del cumplimiento de los requisitos relacionados con el empleo de estas personas, así como las sanciones por incumplimiento de estos requisitos, se encuentran en el anexo n.º 13 del SWZ, es decir: Disposiciones proyectadas del contrato. En el procedimiento de adjudicación del contrato, la comunicación entre el Contratista y los Contratistas, en particular la presentación de solicitudes de admisión al procedimiento/ofertas, el intercambio de información y la transmisión de documentos o declaraciones, se lleva a cabo mediante el uso de medios de comunicación electrónica proporcionados por el Sistema. El Sistema está disponible en la dirección: https://platformazakupowa.pl/pn/ozgst. Los requisitos técnicos y organizativos para el envío y la recepción de documentos electrónicos e información transmitida mediante su uso se describen en el Reglamento de uso de los servicios del Sistema (Reglamento del Portal de e-Servicios) disponible desde el módulo de e-learning para todos los usuarios del Sistema, así como durante el registro de la cuenta del Contratista para los Contratistas. 1) Las solicitudes de admisión al procedimiento/ofertas, declaraciones presentadas electrónicamente deben estar firmadas con una firma electrónica cualificada. En el proceso de presentación de la solicitud de admisión al procedimiento/oferta, declaraciones o medios de prueba pertinentes en la plataforma, el Contratista puede presentar directamente en el documento una firma electrónica cualificada, que luego se envía al Sistema. La confirmación de conformidad con el original se realiza por el Contratista, los Contratistas que se presentan conjuntamente para la adjudicación del contrato público, en el ámbito de los documentos que les conciernen a cada uno. Por original se entiende un documento firmado electrónicamente con una firma electrónica cualificada por la persona/las personas autorizada/as. La confirmación de conformidad con el original se realiza en formato electrónico firmado con una firma electrónica cualificada por la persona/las personas autorizada/as.
Códigos CPV
Documentos y presentación
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