Polonia – Servidores de ordenador – Dostawa serwerów komputerowych dla Centrum Informatycznego Uniwersytetu Gdańskiego z prawem opcji.
Descripción
1. El objeto del pedido es la entrega de servidores informáticos, denominados a continuación “equipo”, para el Centro Informático de la Universidad de Gdańsk, con derecho de opción. 2. El pedido incluye la entrega de servidores informáticos en las siguientes cantidades: 1) para el pedido básico: 3 unidades, 2) para el pedido cubierto por el derecho de opción: un máximo de 3 unidades. 3. Código de Clasificación del Vocabulario Común de Contratación Pública (CPV): 48822000-6 (servidores informáticos). 4. El contratante tiene la posibilidad de ejercer el derecho de opción, que consiste en aumentar la cantidad de equipo solicitado en el marco del pedido básico, según las normas y en el procedimiento descrito a continuación: 1) El contratante puede, en el plazo de 14 días a partir de la fecha de firma del contrato, presentar al contratista el pedido cubierto por el derecho de opción, que incluye la especificación de la cantidad y tipo de equipo indicado en el formulario de oferta – anexo 1 del SWZ, con la reserva de no exceder el alcance máximo del derecho de opción especificado en este anexo, 2) la presentación al contratista del pedido cubierto por el derecho de opción por parte del representante autorizado del contratante, mencionado en el artículo 12, apartado 1, punto 2, de la forma especificada en el artículo 6, apartado 4, del proyecto de contrato – anexo 4 del SWZ, constituye el ejercicio por parte del contratante del derecho de opción en cuanto a la cantidad y tipo de equipo indicado en este pedido, 3) el contratante puede ejercer el derecho de opción una sola vez o varias veces, mediante la presentación de pedidos sucesivos que incluyen las cantidades y tipos de equipo seleccionados, hasta agotar el alcance máximo del derecho de opción especificado en el formulario de oferta – anexo 1 del contrato, pero no más tarde de la fecha mencionada en el punto 1, 4) el valor del equipo solicitado en el marco del derecho de opción será conforme a los precios unitarios indicados por el contratista en el formulario de oferta – anexo 1 del SWZ, 5) plazo de ejecución de cada pedido cubierto por el derecho de opción: hasta 30 días a partir de la fecha de presentación del pedido cubierto por el derecho de opción por parte del contratante, 6) el ejercicio del derecho de opción no constituye una modificación del contrato. El contratista no tiene ningún derecho a reclamar al contratante por no ejercer el derecho de opción en su totalidad o en parte. La decisión de ejercer el derecho de opción, incluida su extensión, es una prerrogativa unilateral del contratante, 7) las disposiciones del proyecto de contrato – anexo 4 del SWZ relativas al pedido básico se aplicarán en consecuencia a los pedidos cubiertos por el derecho de opción, a menos que se indique lo contrario. 5. La descripción detallada del objeto del pedido se especifica en el anexo 5 del SWZ – descripción del objeto del pedido. 6. Lugar de entrega del equipo: Centro Informático de la Universidad de Gdańsk, ul. prof. Marii Janion 7, 80-309 Gdańsk. 7. El contratante exige una garantía para el equipo durante un período de 36 meses. Los detalles sobre la garantía se encuentran en el artículo 7 del proyecto de contrato – anexo 4 del SWZ. 8. En la descripción del objeto del pedido, que constituye el anexo 5 del SWZ, el contratante ha descrito los requisitos relativos a los sistemas de gestión relacionados con el proceso de producción del equipo ofrecido mediante referencia a las normas indicadas en la posición 14 de la tabla 1 de la descripción del objeto del pedido. En cada caso en el que estas normas se hayan indicado en el contenido del SWZ, incluidas las anexos al SWZ, se entenderá que a esta indicación acompañan las palabras “o equivalente”. Por lo tanto, el contratante admite soluciones equivalentes en relación con las normas indicadas en la posición 14 de la tabla 1 de la descripción del objeto del pedido, de acuerdo con el artículo 101, apartados 4 y 5, del Pzp. Bajo el concepto de equivalencia, se entenderá que el equipo ofrecido proviene de una producción cubierta por un sistema de gestión implementado y actualizado, que cumple en igual medida los requisitos especificados en la posición 14 de la tabla 1 de la descripción del objeto del pedido. Las soluciones equivalentes aplicadas deben corresponder en su tipo y alcance a los objetivos a los que sirven las normas mencionadas en la posición 14 de la tabla 1 de la descripción del objeto del pedido. 9. Dado que se permite la posibilidad de diversas propuestas equivalentes, se exige al contratista la verificación y el tratamiento de todas las soluciones como interrelacionadas. La demostración de equivalencia, es decir, el cumplimiento en igual medida de los requisitos especificados por el contratante en la descripción del objeto del pedido, es responsabilidad del contratista. En caso de ofrecer equipo procedente de una producción cubierta por un sistema de gestión conforme a una norma equivalente o cualquier otra solución equivalente en relación con las normas indicadas en la posición 14 de la tabla 1 de la descripción del objeto del pedido, el contratista está obligado a indicar esta solución en el punto 6 del formulario de oferta, que constituye el anexo 1 del SWZ, proporcionar información sobre la solución equivalente ofrecida, justificar su equivalencia y presentar pruebas que confirmen la equivalencia. El contratante no rechazará la oferta del contratista solo porque el equipo ofrecido no provenga de una producción cubierta por sistemas de gestión conforme a las normas indicadas en la posición 14 de la tabla 1 de la descripción del objeto del pedido, siempre y cuando el contratista demuestre en la oferta, en particular mediante medios de prueba objetivos, mencionados en los artículos 104 a 107 del Pzp, que las soluciones propuestas cumplen en igual medida los requisitos especificados por el contratante en la posición 14 de la tabla 1 de la descripción del objeto del pedido (artículo 101, apartado 5, del Pzp). 10. Después de la firma del contrato, el contratante prevé solicitar un tipo impositivo del IVA del 0% sobre la base del artículo 83, apartado 14, punto 1, de la ley de 11 de marzo de 2004 sobre el impuesto sobre bienes y servicios (es decir, J. U. de 2025, pos. 775 con cambios posteriores).
Códigos CPV
Documentos y presentación
Contains data from Tenders Electronic Daily (TED), © European Union, ted.europa.eu — CC BY 4.0.
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