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Polonia – Productos farmacéuticos – 245/PN/2026 - Dostawa produktów leczniczych dla UCK

Uniwersyteckie Centrum KlinicznePoloniaPublicado el 27 ago 2026
32 días restantes

Descripción

1. El objeto del contrato es la entrega de productos farmacéuticos para el UCK en el surtido, cantidad estimada y requisitos especificados en el anexo n.º 3 del SWZ. 2. El adjudicatario admite la presentación de ofertas parciales. Bajo el concepto de oferta parcial, se entiende las partes individuales establecidas en el anexo n.º 3 del SWZ. El contratista puede presentar una oferta para una o varias partes. 3. En cuanto a la parte 1, el adjudicatario admite la presentación de ofertas parciales. Bajo el concepto de oferta parcial, se entiende las posiciones individuales establecidas en la parte 1 del anexo n.º 3 del SWZ. El contratista puede presentar una oferta para una o varias posiciones. 4. En el marco de las posiciones indicadas en el formulario de surtido y precios con el símbolo (**) en el anexo n.º 3 del SWZ, el adjudicatario exige que el preparado ofrecido figure en el catálogo de medicamentos reembolsables utilizados en los programas farmacéuticos o en el catálogo de medicamentos reembolsables utilizados en la quimioterapia. 5. En el formulario de surtido y precios, el adjudicatario ha especificado el método de empaquetado. En las posiciones en las que no se proporciona tal descripción, el contratista puede ofrecer cualquier método de empaquetado, manteniendo la cantidad requerida por el adjudicatario especificada en esa posición. El contratista debe valorar el método de empaquetado propuesto con la conversión correspondiente. 6. Las entregas se realizarán sucesivamente, en cantidad y surtido, de acuerdo con los pedidos parciales del adjudicatario en un plazo de 2 días a partir de la fecha de presentación del pedido. El surtido pedido, el contratista está obligado a entregar a su propio costo a la Farmacia del Hospital. 7. El adjudicatario exige que los precios de los medicamentos ofrecidos no sean superiores a los precios oficiales, determinados en el artículo 9, apartados 1 y 2 de la ley de 12.05.2011 sobre la reembolsabilidad de medicamentos, productos alimenticios de uso especial y productos médicos (Dz.U. 2025 poz. 907), vigentes en la fecha de presentación de las ofertas, si es aplicable. 8. Los productos farmacéuticos ofrecidos deben cumplir con la ley de 6 de septiembre de 2001 sobre la Ley Farmacéutica (Dz.U. 2025 poz. 750) si es aplicable. Los productos farmacéuticos ofrecidos deben estar autorizados para su comercialización en Polonia de acuerdo con las normas establecidas en el artículo 3 o 4a de la Ley Farmacéutica. 9. Los productos médicos ofrecidos deben cumplir con la ley de 7 de abril de 2022 sobre productos médicos (Dz. U. de 2024, poz. 1620) y en los actos ejecutivos emitidos sobre la base de esta ley, si es aplicable. 10. El adjudicatario admite la presentación de una oferta equivalente en cuanto a la parte 1, posición 24, 28, 45, 46, 132, 135, 136, 137. El adjudicatario informa que todos los nombres propios utilizados en la descripción del objeto del contrato, especifican el estándar requerido del surtido solicitado. El adjudicatario admite la presentación de ofertas con parámetros de calidad equivalentes, que posean la misma composición química en cuanto a las sustancias básicas. La prueba de cumplimiento de la condición de equivalencia recae en el contratista. 11. En el caso de que el adjudicatario haya utilizado en la descripción del objeto del contrato designaciones de normas, evaluaciones técnicas, especificaciones técnicas y sistemas de referencia técnica, de los que se trata en el artículo 101, apartado 1, punto 2 y apartado 3 de la ley PZP, se admiten soluciones equivalentes. Cada vez que se indique una norma en esta SWZ o en los anexos a la SWZ, se debe aceptar que se ha utilizado la fórmula "o equivalente". En el caso de que la descripción del objeto del contrato se refiera a normas, evaluaciones técnicas, especificaciones técnicas y sistemas de referencia técnica, de los que se trata en el apartado 1, punto 2 y apartado 3, el adjudicatario no puede rechazar una oferta solo porque las entregas ofrecidas no cumplan con las normas, evaluaciones técnicas, especificaciones técnicas y sistemas de referencia técnica, a los que se refiere la descripción del objeto del contrato, siempre que el contratista demuestre en la oferta, en particular mediante medios de prueba específicos, de los que se trata en los artículos 104-107, que las soluciones propuestas cumplen en igual medida los requisitos especificados en la descripción del objeto del contrato. 12. El adjudicatario exige la presentación de ofertas en formato electrónico. La descripción detallada (instrucción) de la presentación de ofertas en formato electrónico se incluye en la parte XIV del SWZ. El adjudicatario informa de que en el procedimiento relativo a la adjudicación del contrato público se aplicará el llamado "orden inverso de evaluación de ofertas", de los que se trata en el artículo 139 de la ley PZP. Al aplicar el procedimiento anterior, el adjudicatario, en primer lugar, realizará un examen y evaluación de las ofertas, y luego procederá a la calificación del contratista, cuya oferta ha sido mejor valorada en cuanto a la falta de bases para la exclusión y el cumplimiento de las condiciones de participación en el procedimiento. 14. El contratista puede encomendar la ejecución de una parte del contrato a un subcontratista. 15. El adjudicatario no admite la presentación de ofertas alternativas. 16. Código del Vocabulario Común de Contratos (CPV): de acuerdo con el anexo n.º 3 del SWZ.

Códigos CPV

Pharmaceutical products

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