Polonia – Servicios de protección contra los riesgos o peligros naturales – „Utrzymanie zbiorników wodnych na terenie Zarządu Zlewni w Piotrkowie Trybunalskim w latach 2027/2028”
Descripción
Objeto del contrato es el mantenimiento y la asistencia continua de los depósitos de agua en el área de actuación de la Dirección de la Cuenca en Piotrków Trybunalski en los años 2027/2028 (eliminación de musgos, monitoreo y asistencia, reabastecimiento de señales de prohibición y tablas informativas, eliminación de obstrucciones dentro del depósito, etc.) – dividido en 9 partes. 1.1 La descripción detallada del objeto del contrato se encuentra en los Anexos de 1.1 a 1.9 (descripción del objeto del contrato para cada parte del contrato principal y prevista en el marco del derecho de opción) SWZ, y los anexos de 2.1 a 2.9 (formulario de valoración de oferta para cada parte del contrato). 1.2 El contrato se realizará en el marco del derecho de opción en cada parte, consistiendo en la repetición de las mismas acciones que las prestadas en el marco del contrato principal. 1.3 El contratista es responsable de realizar los trabajos de acuerdo con el contrato y OPZ. Durante la realización de los trabajos, se deberán cumplir las recomendaciones de la persona designada para supervisar los trabajos, indicada por el adjudicatario. 1.4 Las descripciones detalladas del objeto del contrato, separadas para cada parte del contrato, incluyen Descripciones del Objeto del Contrato (anexos 1.1 – 1.9), Formularios de valoración de oferta (anexos 2.1 – 2.9) y disposiciones contractuales proyectadas comunes para todas las partes (anexo 6). Las descripciones del objeto del contrato se han preparado por separado para cada parte, contienen información sobre la ubicación detallada, el alcance y las condiciones de ejecución de la tarea junto con recortes de mapas de vista que indican las ubicaciones de las tareas individuales. 1.5 Los formularios de precios de oferta se han elaborado por separado para cada parte. 1.6 De conformidad con el artículo 91 apartado 3 de la Ley de Contratos Públicos, el adjudicatario informa que el contratista puede presentar una oferta en relación con un máximo de 5 partes del contrato. El adjudicatario ha determinado el número de partes del contrato en las que un contratista puede presentar una oferta para garantizar que un solo contratista no realice todo el contrato. En caso de presentación de una oferta en relación con un número mayor de partes que el límite previsto por el adjudicatario, todas las ofertas parciales serán rechazadas debido a la inconformidad del contenido de la oferta con las condiciones del contrato (artículo 226 apartado 1 punto 5 de la Ley de Contratos Públicos). 1.7 Certificado. Los medios de prueba subjetivos indicados en los puntos 10.3 y 10.4 pueden ser reemplazados por un certificado válido del contratista de contratos públicos, al que se refiere el artículo 124 apartado 2 de la Ley de Contratos Públicos, exclusivamente en la medida en que el certificado confirme la ausencia de bases de exclusión o el cumplimiento de las condiciones de participación en el procedimiento en la medida correspondiente a los requisitos especificados en SWZ. El certificado no reemplaza los medios de prueba subjetivos relacionados con las bases de exclusión no cubiertas por la certificación, en particular el artículo 108 apartado 1 punto 6 de la Ley de Contratos Públicos, el artículo 5k del Reglamento del Consejo (UE) n.º 833/2014 de 31 de julio de 2014 relativo a las medidas restrictivas en relación con las acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DOUE L 229), el artículo 7 apartado 1 de la Ley de 13 de abril de 2022 sobre soluciones especiales en el ámbito de la lucha contra el apoyo a la agresión contra Ucrania y que sirven para proteger la seguridad nacional, así como las circunstancias que surjan en el curso de este procedimiento. El certificado reemplaza los medios de prueba subjetivos exclusivamente en la medida en que esté cubierto por una certificación válida y señalado por el contratista en la declaración contenida en el anexo 2 a SWZ. Si el certificado cubre solo parte de las bases de exclusión o parte de la condición de participación en el procedimiento, o confirma el cumplimiento de la condición a un nivel inferior al requerido en SWZ, el contratista presenta medios de prueba subjetivos en el resto de la medida. En la medida resultante de un certificado válido, el adjudicatario no solicita otros medios de prueba subjetivos al contratista, con la reserva del artículo 124 apartado 4 de la Ley de Contratos Públicos y el artículo 31 apartado 6 de la Ley sobre la certificación de contratistas de contratos públicos. De conformidad con el artículo 125 apartado 1 de la Ley de Contratos Públicos, el adjudicatario, antes de seleccionar la oferta más ventajosa, convocará al contratista cuya oferta haya sido mejor valorada, para que presente, en el plazo indicado, no inferior a 10 días desde la fecha de convocatoria, los medios de prueba subjetivos actuales en la fecha de presentación, indicados en el punto 10.5.1, en la medida en que no hayan sido reemplazados por un certificado válido del contratista de contratos públicos, teniendo en cuenta los puntos 10.7.5–10.7.11 a continuación. Si de la declaración (Anexo 2 a SWZ) se desprende que el contratista utilizará un certificado, y el contratista ha proporcionado los datos requeridos en el artículo 124 de la Ley de Contratos Públicos, el adjudicatario verificará el certificado en la base de datos de certificación por su cuenta y no convocará al contratista para que presente medios de prueba subjetivos en la medida en que las circunstancias requeridas por el adjudicatario resulten de ese certificado. Si el certificado no cubre todas las circunstancias requeridas por el adjudicatario, el adjudicatario convocará al contratista para que presente medios de prueba subjetivos exclusivamente en la medida no cubierta por la certificación. Si los datos proporcionados por el contratista no permiten encontrar o verificar el certificado en la base de datos de certificación, el adjudicatario puede convocar al contratista para que presente, complete, corrija o explique esos datos de acuerdo con las disposiciones del artículo 128 apartado 1 o 4 de la Ley de Contratos Públicos. Si, a pesar de la convocatoria, el adjudicatario no pueda verificar el
Códigos CPV
Documentos y presentación
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