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Bélgica – Combustibles de madera – FOURNITURE DE PRODUITS BIOMASSE POUR LES INSTALLATIONS DE COGÉNÉRATION DE LA CHAUFFERIE CENTRALE DU SART-TILMAN (B10)

Université de LiègeBélgicaPublicado el 16 jul 2026
Fecha límite pasada

Descripción

El presente contrato se refiere a la entrega de biomasa en forma de "pellets" durante un año, comenzando a partir de la fecha de la primera entrega. La cantidad estimada de pellets a entregar en 12 meses es aproximadamente de 64 000 MWh PCS. Esta cantidad es indicativa, ya que es posible que se produzcan interrupciones debido a problemas técnicos u otras causas imprevisibles. Las entregas comenzarán el 15 de noviembre de 2026 (finalizando el contrato en curso el 14 de noviembre de 2026). Se prevé una interrupción del funcionamiento en los meses de junio a agosto para el mantenimiento (12 semanas de parada están incluidas en la planificación estimativa). Este contrato se celebra por un período de 12 meses. Se permiten las agrupaciones temporales de productores. Es importante señalar que todos los miembros de la agrupación temporal deben cumplir individualmente con el derecho de acceso y la selección cualitativa. Aplicación de la Directiva 2023/2413 – RED III (Directiva 2023/2413/UE) – sostenibilidad del origen de la biomasa. Durante la creación del sistema ETS (Emission Trading System), sistema europeo de intercambio de cuotas de CO2 al que está sujeta la central de calefacción del Sart Tilman, las emisiones relacionadas con la biomasa se consideraron nulas y, por lo tanto, no se requería la restitución anual de cuotas. Esta lógica cambió en 2023 con la Directiva 2023/2413 (RED III), que modifica el tratamiento de la biomasa en el marco del ETS (Emission Trading System). Por lo tanto, las emisiones relacionadas con un flujo de biomasa se considerarán, por defecto, fósiles, y la ULiège solo estará exenta de restituir cuotas si y solo si la instalación demuestra que se cumplen los criterios de sostenibilidad relacionados con el origen y los criterios de ahorro de gases de efecto invernadero, tal como se define en el artículo 29 (párrafos 2 a 7 y párrafo 10) de la Directiva 2023/2413 (RED III) o cuando estos criterios no se apliquen a la biomasa en cuestión. Para ello, al presentar una oferta para el presente contrato, el licitador se compromete a proporcionar pellets certificados según un Esquema Voluntario reconocido por la Comisión Europea en el marco de la RED III y a garantizar que el factor de emisión total (incluyendo el transporte) sea inferior a 30 kg CO2/MWh.

Códigos CPV

Wood fuelsFur skins

Documentos y presentación

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Contains data from Tenders Electronic Daily (TED), © European Union, ted.europa.eu — CC BY 4.0.

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