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Polonia – Servicios de reparación y mantenimiento de camiones – Usługa naprawy pojazdu VOLVO

Jednostka Wojskowa nr 3940PoloniaPublicado el 02 jul 2026
Fecha límite pasada

Descripción

1. El objeto del contrato es el servicio de reparación del vehículo VOLVO FL FLB2C/VP. 2. Código CPV: 50114000-7 Servicios de reparación y mantenimiento de camiones 3. El procedimiento se llevará a cabo sin división en partes, ya que el contrato se refiere exclusivamente a una unidad de equipo, donde la división del contrato en partes no está justificada. 4. La descripción detallada y el modo de ejecución del contrato se incluyen en el anexo n.º 1 al SWZ – "Descripción del objeto del contrato", que forma parte integral del SWZ. 1. Este procedimiento se lleva a cabo en el modo de licitación no restringida, según el artículo 132 de la Ley de 11 de septiembre de 2019 – Ley de Contratación Pública (Dz. U. poz. 2026 r. poz. 793) – denominada en adelante "Ley de Contratación Pública". 2. El valor del contrato supera los umbrales de la Unión Europea establecidos en el artículo 3 de la Ley de Contratación Pública. 3. El contratante, de acuerdo con el artículo 138 apartado 4 de la Ley de Contratación Pública, establece un plazo para la presentación de ofertas 5 días más corto que el establecido en el artículo 138 apartado 1 de la Ley de Contratación Pública, ya que la presentación de ofertas se realiza íntegramente por medios electrónicos, según el artículo 63 apartado 1 de la Ley de Contratación Pública. 4. El procedimiento se lleva a cabo en polaco, en formato electrónico, a través de la Plataforma de Contratación (denominada en adelante: Plataforma) en la dirección: https://platformazakupowa.pl/transakcja/1323987 1. De acuerdo con el artículo 95 apartado 1 de la Ley, el contratante exige que el Contratista o el subcontratista (si es el caso) contrate, sobre la base de una relación laboral, a las personas que realicen directamente las actividades de servicio, mantenimiento y reparación de los vehículos del contratante, de acuerdo con las disposiciones de la Ley de 26 de junio de 1974 – Código del Trabajo (Dz. U. z 2025r. poz.227), durante todo el período de ejecución de este contrato, como se indica en el modelo de contrato §8. 2. Los requisitos relativos a la contratación de dichas personas se han detallado en el §8 - anexo n.º 7 al SWZ – "Cláusulas proyectadas del contrato", y luego se incluirán en el texto del futuro contrato. Por incumplimiento por parte del Contratista o del subcontratista de la obligación de contratar a personas que realicen las actividades mencionadas en el apartado 1, el contratante prevé una sanción en forma de obligación de pago por parte del Contratista de una penalización contractual en la cantidad especificada en el § 14 apartado 3 letra c) - anexo n.º 7 al SWZ – "Cláusulas proyectadas del contrato", o el derecho a desistir del contrato. 1. El contratante no impone la obligación de ejecución personal del objeto del contrato por parte del contratista, por lo tanto, el contratista puede encomendar la ejecución de una parte del contrato a un subcontratista. 2. El contratista no puede encomendar al subcontratista la ejecución completa del contrato. 3. El contratista está obligado a indicar en la oferta que forma el anexo n.º 2 al SWZ "Oferta" la parte del contrato que pretende encomendar al subcontratista y la empresa subcontratista, si es conocida. 4. El contratante exige que, antes de comenzar la ejecución del contrato, el contratista, si ya son conocidos, proporcione los nombres, datos de contacto y representantes de los subcontratistas, involucrados en la ejecución del contrato. 5. El contratista está obligado a proporcionar la información requerida sobre nuevos subcontratistas a los que en una etapa posterior pretende encomendar la ejecución del contrato. 6. La falta de información mencionada en el apartado 3 será interpretada por el contratante como la ejecución del contrato por parte del contratista por sus propios medios, sin la participación de subcontratistas. 7. Si el contratante determina que existen motivos de exclusión en relación con un subcontratista, el contratista estará obligado a sustituir a ese subcontratista o a renunciar a encomendar la ejecución de una parte del contrato a ese subcontratista. 8. Si el contratista no pretende ejecutar el contrato con la participación de subcontratistas, debe escribir "no aplica" o una fórmula similar en los formularios. Si el contratista deja los puntos en los formularios sin completar (campos vacíos), el contratante considerará que el contrato será ejecutado por los propios medios del contratista, sin la participación de subcontratistas. 9. La encomienda de la ejecución de una parte del contrato a subcontratistas no exime al contratista de la responsabilidad por la correcta ejecución del objeto del contrato. 10. El contrato de subcontratación no puede contener disposiciones que regulen los derechos y obligaciones del subcontratista en cuanto a las penalizaciones contractuales y las disposiciones relativas a las condiciones de pago de la remuneración, de una manera menos favorable para él que los derechos y obligaciones del contratista, conformados por las disposiciones del contrato celebrado entre el contratante y el contratista. 11. El contratista ejecutará los servicios cubiertos por el contrato con sus propios medios. 12. El contratista estará obligado a informar al contratante sobre el subcontratista. Todos los ajustes entre el contratista y el subcontratista se realizarán sin la participación del contratante. El contratante no admite facturas parciales de los subcontratistas. 13. En caso de subcontratación de servicios, el contratista se compromete a obtener el consentimiento por escrito del contratante para encomendar la ejecución de una parte de los servicios a un subcontratista. 14. En caso de subcontratación de servicios a un subcontratista adicional por parte del subcontratista, el contratista se compromete a obtener el consentimiento por escrito del contratante para encomendar la ejecución de una parte de los servicios al subcontratista adicional por parte del subcontratista. 15. El contratista, independientemente de las condiciones de su contrato con el subcontratista, es responsable ante el contratante por las acciones u omisiones de los subcontratistas,

Códigos CPV

Repair and maintenance services of trucks

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