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Polonia – Supervisión del trabajo de construcción – Wielobranżowy nadzór inwestorski nad robotami budowlanymi i pracami konserwatorskimi w ramach projektu "Kompleksowe prace budowlano-konserwatorskie w Zamku w Kwidzynie wraz z adaptacją do celów wystawienniczych lokali usytuowanych w sąsiedniej nowej zabudowie" nr FENX.07.01-IP.04-0045/25 dofinansowanego ze środków Programu FEnIKS oraz budżetu państwa - część nr 1

Muzeum Zamkowe w MalborkuPoloniaPublicado el 27 oct 2026
40 días restantes

Descripción

1. El objeto del contrato es la supervisión de inversiones multidisciplinaria de las obras de construcción y trabajos de conservación en el marco del proyecto "Trabajos de construcción y conservación complejos en el Castillo de Kwidzyn junto con la adaptación para fines expositivos de las instalaciones situadas en la nueva construcción vecina" nº FENX.07.01-IP.04-0045/25 cofinanciado con fondos del Programa FEnIKS y del presupuesto estatal — parte nº 1. 2. La descripción detallada del objeto del contrato, es decir, el alcance de las obras supervisadas, se encuentra en: 1) la documentación del proyecto, que se compone de: a) el proyecto de construcción, es decir: - Proyecto arquitectónico y de construcción - Restauración y adaptación del Castillo de Kwidzyn para las necesidades de la actividad MZM, autoría de mgr inż. arch. B. Szubskiego, 2025, - Proyecto de ordenación del terreno - Restauración y adaptación del Castillo de Kwidzyn para las necesidades de la actividad MZM, autoría de mgr inż. arch. B. Szubskiego, 2025, - Estudios complementarios - Restauración y adaptación del Castillo de Kwidzyn para las necesidades de la actividad MZM, autoría de mgr inż. arch. B. Szubskiego, 2023, - Proyecto técnico. Arquitectura - Restauración y adaptación del Castillo de Kwidzyn para las necesidades de la actividad MZM, autoría de mgr inż. arch. B. Szubskiego, 2023, - Proyecto técnico y de ejecución. Construcción - Restauración y adaptación del Castillo de Kwidzyn para las necesidades de la actividad MZM, autoría de mgr inż. Ł. Dymury, 2023, - Proyecto técnico. Sector sanitario - Restauración y adaptación del Castillo de Kwidzyn para las necesidades de la actividad MZM, autoría de mgr inż. G. Kalickiego, 2023, - Proyecto técnico. Sector eléctrico y telecomunicaciones - Restauración y adaptación del Castillo de Kwidzyn para las necesidades de la actividad MZM, autoría de mgr inż. D. Naruszewicza, 2023, b) Especificaciones Técnicas de Ejecución y Recepción de Obras de Construcción (llamadas "STWiORB"), 2023: - sector de la construcción, - sector eléctrico y sector de telecomunicaciones, - sector sanitario, 2) programa de trabajos de conservación, autoría de P. Głuszko y M. Rogalewska, 2022, 3) en los trabajos: - sector de la construcción, - sector eléctrico y sector de telecomunicaciones, - sector sanitario, 4) en el proyecto de contrato de obras de construcción y conservación y sus anexos, - que están disponibles en la página web del procedimiento de contratación de obras de construcción, es decir, https://platformazakupowa.pl/transakcja/1398612. 5) en el proyecto de contrato para la supervisión en cuestión, que es el anexo nº 1 al SWZ, 6) en la descripción detallada del objeto del contrato (llamada a continuación "descripción detallada del OPC"), que es el anexo nº 1 al contrato. 3. Soluciones equivalentes (si procede): 1) de conformidad con el artículo 101, apartado 4, de la Ley de Contratos Públicos [llamada a continuación la "Ley de CP"] en la situación en la que el objeto del contrato contenga una referencia a normas, evaluaciones técnicas europeas, aprobaciones, especificaciones técnicas y sistemas de referencia técnica, a los que se refiere el artículo 101, apartado 1, punto 2, y apartado 3, de la Ley de CP, y a tales referencias no acompañe la expresión "o equivalentes", se entenderá que a cada norma, evaluación técnica europea, aprobación, especificación técnica, sistema de referencia técnica que aparece en la descripción del objeto del contrato le acompañan las palabras "o equivalentes", 2) dondequiera que en la descripción del objeto del contrato, en particular en la documentación del proyecto, en la especificación técnica de ejecución y recepción de obras, se utilice un nombre propio o signos distintivos, patentes o de origen, fuente o proceso especial que caracterice el producto o el servicio proporcionado por un contratista concreto, si el adjudicatario no puede describir el objeto del contrato de manera suficientemente precisa y comprensible, a tal indicación le acompañará la expresión "o equivalente", 3) la indicación en la documentación del proyecto o en la especificación técnica de ejecución y recepción de obras de nombres propios debe entenderse como nombres de ejemplo y tiene como único fin precisar el nivel de expectativas del adjudicatario en relación con un producto, material, dispositivo o solución determinado. El uso de nombres propios de productores/productos/materiales/dispositivos tiene únicamente carácter ejemplificativo. Al indicar un nombre propio en la descripción del objeto del contrato, el adjudicatario admite simultáneamente productos equivalentes con parámetros técnicos, de explotación, de uso, de calidad y funcionales al menos al nivel de los parámetros indicados en la tabla de equivalencia, facilitada en el procedimiento de contratación de obras de construcción, es decir, en la dirección https://platformazakupowa.pl/transakcja/1398612. 4. El adjudicatario divide el contrato en partes en el ámbito de las tareas previstas en el proyecto, pero no divide en partes más pequeñas en una tarea determinada. La justificación de la falta de división del contrato en partes de una tarea determinada se encuentra en la Sección III, apartado 6, del SWZ. 5. Las personas que participan en la apertura de las ofertas: miembros de la comisión de licitación designados por el Director. 6. El adjudicatario informa de que: 1) no establece requisitos en cuanto al empleo de personas a las que se refiere el artículo 96, apartado 2, punto 2, de la Ley de CP, 2) no reserva que solo los contratistas a los que se refiere el artículo 94 de la Ley de CP pueden optar a la adjudicación, 3) no reserva la obligación de ejecución personal por parte del contratista de las tareas clave, 4) no prevé la adjudicación de contratos a los que se refiere el artículo 214, apartado 1, punto 7, de la Ley de CP, 5) no prevé liquidaciones en monedas extranjeras, 6) no prevé la devolución de los costes de participación en el procedimiento, incluidos los costes inc

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