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Polonia – Ordenador "mainframe" – Dostawa wysokowydajnych zestawów komputerowych i monitorów

Politechnika WarszawskaPoloniaPublicado el 20 oct 2026
9 días restantes

Descripción

El procedimiento de adjudicación del contrato público se lleva a cabo en la modalidad de concurso abierto, de conformidad con el art. 132 de la Ley de 11 de septiembre de 2019 sobre Contratación Pública, denominada en adelante "Ley CP", los reglamentos ejecutivos emitidos en virtud de la misma y el Código Civil. En lo no regulado por la presente SWZ, se aplican las disposiciones de la Ley CP. 2. El adjudicatario, de conformidad con el art. 139 de la Ley CP, prevé un orden inverso de acciones, es decir, puede realizar primero la investigación y evaluación de las ofertas y luego realizar la calificación subjetiva del Contratista, cuya oferta haya sido mejor evaluada en términos de falta de motivos de exclusión. El adjudicatario excluirá a los contratistas que estén sujetos a exclusión en virtud de las razones mencionadas en el art. 108.1 de la Ley CP y el art. 7.1 de la Ley de 13 de abril de 2022 sobre medidas especiales para combatir el apoyo a la agresión contra Ucrania y destinadas a proteger la seguridad nacional (Dz. U. de 2025, pos. 514) y el art. 5k del Reglamento del Consejo (UE) n.º 833/2014 de 31 de julio de 2014 relativo a medidas restrictivas en relación con las acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (Dz. Urz. UE nr L 229 z 31.7.2014, str. 1), en adelante: Reglamento 833/2014, en la redacción conferida por el Reglamento del Consejo (UE) 2022/576 relativo a la modificación del Reglamento (UE) n.º 833/2014 sobre medidas restrictivas en relación con las acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (Dz. Urz. UE nr L111 z 8.4.2022 str. 1). 7. En caso de que los contratistas se presenten conjuntamente a la adjudicación del contrato, el adjudicatario investigará si existen motivos de exclusión para cada uno de estos contratistas. 8. Si los contratistas pretenden encomendar la ejecución de parte del contrato a un subcontratista, el adjudicatario investigará si existen motivos de exclusión para dicho subcontratista, que se han previsto en relación con el contratista. Antes de seleccionar la oferta más ventajosa, el adjudicatario solicitará al contratista, cuya oferta haya sido mejor evaluada, que presente en el plazo indicado, no inferior a 10 días, los medios de prueba subjetivos actualizados en la fecha de presentación: 1) falta de motivos de exclusión: a) información del Registro Penal Nacional en el ámbito del art. 108.1.1, 2 y 4 de la Ley CP, elaborada no antes de 6 meses antes de su presentación; b) el contratista, en el ámbito del art. 108.1.5 de la Ley CP, sobre la falta de pertenencia al mismo grupo de capital en el sentido de la Ley de 16 de febrero de 2007 sobre protección de la competencia y los consumidores, con otro contratista que haya presentado una oferta separada o declaración de pertenencia al mismo grupo de capital junto con documentos o información que confirmen la preparación de la oferta independientemente de otro contratista perteneciente al mismo grupo de capital; la declaración debe elaborarse en un formulario cuyo contenido sea conforme con el contenido del Anexo n.º 5 a la SWZ; c) declaraciones sobre la actualidad de la información contenida en el formulario JEDZ, elaborado en un formulario cuyo contenido sea conforme con el contenido del Anexo n.º 9 SWZ.

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