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Polonia – Ambulancias – Dostawa dwóch ambulansów drogowych typu C z napędem 4x4

CIESZYŃSKIE POGOTOWIE RATUNKOWEPoloniaPublicado el 29 oct 2026
17 días restantes

Descripción

Objeto del pedido es la entrega de 2 unidades de ambulancias nuevas de fábrica, tipo "C" con tracción 4 x 4 para el Servicio de Emergencias de Cieszyn. Las ambulancias deben cumplir con los requisitos de la norma actual PN EN 1789 o una norma equivalente en cuanto a ambulancias tipo C. El solicitante exige la entrega de vehículos nuevos de fábrica, no utilizados, del año de fabricación 2026. Los requisitos detallados sobre el objeto del pedido, la descripción técnica y los parámetros se incluyen en el anexo nº 2 del SWZ - Formulario de parámetros requeridos. El solicitante no admite la posibilidad de presentar ofertas parciales. El solicitante ha renunciado a dividir el pedido en partes, ya que el objeto del pedido incluye la entrega de dos ambulancias nuevas de fábrica, que constituyen un producto complejo compuesto por el vehículo base, la instalación médica realizada y el equipo médico completo, que cumple con los requisitos de las normas legales vigentes y las normas aplicables a las ambulancias. El objeto del pedido constituye una tarea única, funcional y organizativamente coherente, cofinanciada con fondos del Programa de Protección Civil y Defensa Civil para los años 2025-2026 (Área II). De acuerdo con el acuerdo de subvención, la tarea incluye la compra de ambulancias con tracción 4 x 4 junto con el equipo (camillas eléctricas, silla cardiológica con accionamiento eléctrico, respirador, bomba de infusión, aspirador eléctrico, desfibrilador). La adjudicación de la realización de todo el pedido a un único contratista permitirá mantener estándares uniformes de ejecución y equipamiento de los vehículos, facilitará su operación, explotación y mantenimiento, y garantizará la coherencia de las condiciones de garantía y la responsabilidad del contratista por la realización de todo el pedido. La división del pedido en partes, que consiste en particular en la adjudicación separada de cada una de las ambulancias, podría resultar en la entrega de vehículos y equipos que difieran en las soluciones técnicas aplicadas o en el estándar de ejecución, así como en la necesidad de utilizar diferentes reglas de operación, mantenimiento y realización de los derechos de garantía. La realización del pedido por un único contratista garantiza además una responsabilidad clara por la correcta y oportuna ejecución de todo el objeto del pedido y limita el riesgo organizativo asociado con la coordinación de suministros realizados por varios contratistas. La no división del pedido en partes no se debe a la intención de limitar la competencia, sino al carácter y la coherencia funcional del objeto del pedido, la necesidad de garantizar un estándar uniforme de las ambulancias y su equipo, así como la garantía de una realización eficiente y completa de la tarea. La falta de división del pedido en partes no conduce a la limitación de una competencia justa ni viola el principio de proporcionalidad. En el mercado operan muchos contratistas, incluidos pequeños y medianos empresarios, que poseen el potencial para la realización completa del objeto del pedido, por lo que la decisión de no dividir el pedido en partes no limita las posibilidades de postularse para la adjudicación del pedido. El solicitante no admite la posibilidad de presentar ofertas alternativas. El solicitante no introduce una reserva que indique la obligación de ejecución personal por parte del contratista de las partes clave del pedido. El contratista puede encomendar la ejecución de parte del pedido a un subcontratista. El solicitante no prevé la obligación de que el contratista realice una visita local o verifique los documentos necesarios para la realización del pedido. El solicitante no llevó a cabo consultas de mercado previas antes de iniciar el procedimiento. El solicitante no es responsable de los daños causados por el contratista durante la ejecución del objeto del pedido. El solicitante no prevé el liquidación entre el solicitante y el contratista en monedas extranjeras. El solicitante no prevé la devolución de los costos de participación en el procedimiento. El solicitante no exige la obligación de ejecución personal por parte del contratista de las tareas clave de acuerdo con el artículo 60 y el artículo 121 de la Ley Pzp. El solicitante no prevé la adjudicación de pedidos, de los que se trata en el artículo 214, apartado 1, puntos 7 y 8 de la Ley Pzp. La compra en cuestión está financiada con fondos en el marco del Programa de Protección Civil y Defensa Civil para los años 2025-2026 (Área II) con fondos del Presupuesto del Estado y del Presupuesto del Voivodato de Silesia. El solicitante puede anular el procedimiento de adjudicación del pedido si los fondos públicos que el solicitante pretendía destinar para su financiación no le han sido concedidos (de acuerdo con el artículo 257 de la Ley Pzp). Todos los requisitos especificados en los documentos SWZ constituyen requisitos mínimos cuyo cumplimiento es obligatorio. El incumplimiento de los requisitos mínimos mencionados resultará en el rechazo de la oferta como no conforme con las condiciones del pedido de acuerdo con el artículo 226, apartado 1, punto 5 de la Ley Pzp. El solicitante exige que el servicio ofrecido, incluidos todos los productos ICT (tecnologías de la información y la comunicación), servicios ICT y procesos ICT utilizados para la realización del pedido, tanto como elementos principales como componentes, elementos del entorno, servicios o soluciones complementarias, no incluya: - productos ICT, servicios ICT o procesos ICT mencionados en la recomendación a la que se refiere el artículo 33, apartado 4 de la Ley de 5 de julio de 2018 sobre el sistema nacional de ciberseguridad, que constata su impacto negativo en el interés básico de la seguridad del estado; - producto ICT, cuyo tipo se ha determinado en la decisión sobre el reconocimiento del proveedor como proveedor de alto riesgo, a la que se refiere el artículo 67b, apartado 15 de la Ley de 5 de julio de 2018 sobre el sistema nacional de ciberseguridad, ni servicios ICT o procesos ICT especificados en dicha decisión. El incumplimiento del requisito anterior resulta en el rechazo de la oferta en consecuencia de acuerdo con el artículo 226, apartado 1, punto 17 o punto 19 de la Ley Pzp.

Códigos CPV

AmbulancesMedical equipmentsStretchersChecking and testing apparatus

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