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Polonia – Servicios de seguridad – Wykonywanie usługi ochrony fizycznej osób i mienia - świadczonej przez Specjalistyczną Uzbrojoną Formację Ochronną (SUFO) w zakresie ochrony osób i mienia w kompleksach będących na zaopatrzeniu pod względem ochrony 41. Bazy Lotnictwa Szkolnego w Dęblinie oraz konwojowanie wartości pieniężnych – Nr 24/26/O

41 Baza Lotnictwa SzkolnegoPoloniaPublicado el 13 jul 2026
No se ha dado fecha límite

Descripción

Objeto del contrato es la prestación del servicio de protección física de personas y bienes - Código CPV 79710000-4 - prestación de servicios por parte de la Formación Especial de Protección Armada (SUFO) en el ámbito de la protección de personas y bienes en los complejos que están equipados en términos de protección en la 41. BLSz en Dęblin, en el sistema de cosas: 1) Protección física directa de los complejos: 1.1 Dęblin Lotnisko (41. BLSz); 1.2 Klikawa (131krt,) 2) Protección y monitoreo de objetos: 2.1 Centro Militar de Reclutamiento (WCR) en Puławach; 3) Escolta de valores en efectivo 41. BLSz. El objeto del contrato incluye 2 partes (tareas): Tarea nº 1 - prestación de servicios por parte de la Formación Especial de Protección Armada (SUFO) en el ámbito de la protección de personas y bienes en los complejos que están equipados en términos de protección 41. BLSz en Dęblin, así como la escolta de valores en efectivo: 1) Protección física directa del complejo Dęblin Lotnisko (41. BLSz); 2) Escolta de valores en efectivo Dęblin Lotnisko (41. BLSz). Tarea nº 2 - prestación de servicios por parte de la Formación Especial de Protección Armada (SUFO) en el ámbito de la protección de personas y bienes en los complejos que están equipados en términos de protección 41. BLSz en Dęblin; 1) Protección física directa del complejo: 1.1 Klikawa (131krt); 1) Protección y monitoreo de objetos: 2.1 Centro Militar de Reclutamiento (WCR) en Puławach. Una descripción detallada del objeto del contrato se encuentra en el anexo nº 2 a la Especificación de las Condiciones del Contrato, denominada a continuación SWZ, así como en las disposiciones proyectadas del contrato sobre el contrato público, que se incluirán en el contrato sobre el contrato público para las tareas individuales - anexos nº 14a, 14b a SWZ, que se publicará en la página web del procedimiento en curso: https://platformazakupowa.pl/transakcja/1302579 (página relacionada con este procedimiento) a partir de la fecha de publicación del aviso de contrato en el Diario Oficial de la Unión Europea, no más tarde que el día de la adjudicación del contrato. Se permite la presentación de propuestas/ofertas parciales con la división en 2 partes (tareas). Una oferta completa para una parte dada (tarea) debe incluir todas las posiciones del surtido dentro de la parte dada (tarea). El contratista puede presentar una solicitud/oferta para una o dos partes del contrato (tarea). El contratista puede presentar una solicitud/oferta en relación con todas las partes del contrato. Requisitos relacionados con el empleo bajo contrato de trabajo: Actuando de acuerdo con el art. 95 párrafo 1 de la Ley, el Contratista requiere el empleo bajo contrato de trabajo durante todo el período de realización del objeto del contrato por parte del Contratista o Subcontratista de las personas que realizan las siguientes actividades durante la realización del contrato, cuya realización consiste en realizar el trabajo de la manera especificada en el art. 22 § 1 de la Ley de 26 de junio de 1974 - Código de Trabajo: Para la tarea nº 1 a) protección física directa de personas y bienes realizada por los guardias de seguridad en puestos fijos, móviles y patrullas, b) atención en la oficina de control de acceso, c) tareas del comandante de la protección SUFO realizadas por los guardias de seguridad, d) escoltas. Para la tarea nº 2 a) protección física directa de personas y bienes realizada por los guardias de seguridad en puestos fijos, móviles y patrullas, b) grupo de intervención, c) tareas del comandante de la protección SUFO realizadas por los guardias de seguridad. Subcontratistas: 1) De acuerdo con el art. 121 de la Ley Pzp, el Contratista no impone la obligación de realizar personalmente por parte del contratista las tareas clave relacionadas con el contrato. 2) De acuerdo con el art. 462 párrafo 1 de la Ley Pzp, el contratista puede encomendar la realización de una parte del contrato a un subcontratista. En tal caso, de acuerdo con el art. 462 párrafo 2 de la Ley Pzp, el Contratista exige que el contratista indique en la oferta (en el formulario de oferta - anexo nº 1 a SWZ), la parte del contrato, cuya realización planea encomendar a los subcontratistas, así como proporcionar los nombres de los posibles subcontratistas, si ya se conocen. 11. El Contratista prevé cambios en el contrato de acuerdo con el art. 455 párrafo 1 de la Ley Pzp. Descripción de los cambios previstos: se encuentra en los anexos a SWZ - disposiciones proyectadas del contrato sobre el contrato público, que se incluirán en el contrato sobre el contrato público para las tareas individuales - respectivos anexos nº 14a, 14b a SWZ. 2. Otros términos especiales a los que está sujeta la realización del contrato, especialmente en el ámbito de la seguridad de las entregas y la seguridad de la información: 2.1. De acuerdo con el art. 404. párrafo 1 de la Ley Pzp, sobre la adjudicación del contrato en los ámbitos de la defensa y la seguridad pueden optar los contratistas que tengan su sede o residencia en uno de los Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o en un país con el que la Unión Europea o la República de Polonia haya concluido un acuerdo internacional sobre estos contratos. 2.2. El contratista debe expresar su consentimiento para realizar el servicio de protección física en los objetos que son objeto del procedimiento por parte de SUFO tras la declaración de movilización, la introducción del estado de guerra o durante la guerra, de acuerdo con las normas y el procedimiento establecido en el Reglamento del Consejo de Ministros de 28 de abril de 2022 sobre la militarización. El Contratista no ha publicado un aviso informativo preliminar. La realización del contrato no está limitada a los programas de empleo de personas con discapacidad. El Contratista no prevé: la adjudicación de

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