Polonia – Electricidad – Dostawa energii elektrycznej do obiektów Zamawiającego oraz jednostek organizacyjnych Gminy Andrespol
Descripción
1. El objeto de este contrato es la entrega de energía eléctrica a las instalaciones del Contratante - Gmina Andrespol y las unidades organizativas de Gmina Andrespol indicadas en el Anexo 10 al SWZ, en el período del 01.01.2027 al 31.12.2027, de acuerdo con las disposiciones de la Ley de 10 de abril de 1997 sobre Derecho Energético, el Código Civil y los actos ejecutivos emitidos sobre su base. 2. El Contratante actúa en su propio nombre y está autorizado a llevar a cabo el procedimiento de adjudicación pública en nombre de las unidades organizativas de Gmina Andrespol. 3. Gmina Andrespol y las unidades organizativas firmarán contratos separados derivados de este procedimiento de adjudicación pública para la entrega de energía eléctrica a las instalaciones del Contratante y las unidades organizativas de Gmina Andrespol. 4. La descripción detallada del objeto del contrato se encuentra en el Anexo 10 al SWZ titulado "Descripción del objeto del contrato", que forma parte integral de este SWZ. 5. La demanda estimada de energía eléctrica para las instalaciones en el período del 01.01.2027 al 31.12.2027 asciende a un total de 1 987 594 kWh. 6. El Contratante declara que: 1) El procedimiento de selección del proveedor de energía eléctrica en forma de concurso se lleva a cabo por segunda vez. 2) Ha firmado un contrato de venta de energía eléctrica con Respect Energy S.A., ul. Bonifraterska 17, 00-203 Warszawa - el contrato se firma por un período determinado, hasta el 31.12.2026 y no requiere de resolución. 3) Ha firmado contratos de suministro de servicios de distribución de energía eléctrica con el Operador de la Red de Distribución - PGE Dystrybucja SA por un tiempo indeterminado. 4) La previsión de consumo de energía indicada anteriormente y en la Descripción del objeto del contrato es solo un valor aproximado que puede cambiar durante la ejecución del contrato. El consumo real de energía (menor o mayor que la previsión indicada en el Anexo 10 al SWZ) dependerá únicamente de las necesidades reales del Contratante, y el Vendedor estará obligado en todos los casos a aplicar los precios de la energía ofrecidos en la oferta. 5) A 14 PPE están conectadas instalaciones fotovoltaicas, cuya producción se utiliza para necesidades propias, y el Contratista seleccionado en el procedimiento proporcionará a estas PPE el servicio de recepción de energía introducida en la red OSD desde las instalaciones fotovoltaicas sobre la base de contratos separados firmados de acuerdo con el modelo utilizado por el Contratista. 6) El Contratista seleccionado en el procedimiento proporcionará al Contratante los datos de las PPE en formato electrónico (archivo MS Excel). 7) El Contratante otorga su consentimiento para la celebración del contrato por correo. 7. La demanda estimada de energía eléctrica tiene solo carácter orientativo, sirviendo para comparar ofertas y en ningún caso constituye un compromiso por parte del Contratante para comprar energía en la cantidad indicada. 8. El Contratista no puede reclamar ninguna compensación financiera (por ejemplo, indemnización) al Contratante si, durante el período de vigencia del contrato, el Contratante compra al Contratista una cantidad de energía eléctrica menor o mayor que la prevista, indicada en la descripción del objeto del contrato - Anexo 10 al SWZ. 9. El proveedor de energía está obligado a tener un contrato de distribución firmado con el Operador del Sistema de Distribución (OSD) competente para las instalaciones del Contratante, a más tardar en la fecha de firma del contrato relativo a este contrato y por un período no inferior a hasta el 31.12.2027. 10. El Contratista se compromete a garantizar al Contratante los estándares de calidad del servicio de acuerdo con las disposiciones obligatorias del Derecho Energético. 11. El Contratista estará obligado a desempeñar la función de entidad responsable del balance comercial para la energía eléctrica vendida en el marco del objeto del contrato. 12. El objeto del contrato no incluye la prestación de servicios de distribución de energía eléctrica, y los servicios de distribución de energía eléctrica se prestarán sobre la base de contratos separados firmados por el Contratante con el Operador del Sistema de Distribución competente - los datos de OSD se encuentran en el Anexo 10 al SWZ. 13. Según su mejor conocimiento, el Contratante ha incluido en el Anexo 10 al SWZ todos los datos necesarios para llevar a cabo con éxito el proceso de cambio del proveedor de energía eléctrica. Sobre la base de estos datos, el Contratista realizará la notificación al Operador del Sistema de Distribución indicado para la realización del contrato de venta de energía eléctrica firmado con el Contratista. El Contratista no exigirá al Contratante que complete o proporcione ninguna otra información adicional. La excepción serán las informaciones claramente indicadas como necesarias por el Operador del Sistema de Distribución o el Proveedor actual. 14. El Contratista está obligado a realizar el contrato sobre la base y las condiciones descritas en las disposiciones del contrato proyectadas que constituyen el Anexo 5 al SWZ. 15. Los requisitos (obligaciones) impuestos al Contratista se han determinado en las disposiciones del contrato proyectadas que constituyen el Anexo 5 al SWZ. La realización de las acciones resultantes de la autorización que constituye el Anexo 1 al Contrato de suministro (venta) de energía eléctrica, llamado en adelante Contrato. Descripción detallada del objeto del contrato Sección IV SWZ.
Códigos CPV
Documentos y presentación
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